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Protección a mujeres víctimas de violencia sería incontrovertible

El Congreso del Estado analizará una iniciativa con la que se pretende que las medidas de protección que se dicten para las mujeres víctimas de violencia y sus hijos, no puedan controvertirse judicialmente.

La iniciativa de reforma a la Ley de las Mujeres para una Vida sin Violencia fue presentada por el diputado local Fernando Rocha Amaro, en el sentido de legislar en favor de la protección de las mujeres víctimas de violencia en Durango.

De manera específica, la iniciativa propone la inclusión de un tercer párrafo al artículo 13, de la Ley de las Mujeres para una Vida sin Violencia vigente en la entidad, que establece que para el caso de las medidas u órdenes de protección descritas en dicha ley, no procederá recurso ordinario alguno.

Es decir, que las determinaciones establecidas por la autoridad competente para la protección de las mujeres víctimas de violencia no se puedan debatir o desestimar por ningún recurso reconocido legalmente en la entidad.

El legislador local explicó que las órdenes de protección son todos aquellos actos de urgente aplicación en función del interés superior de la o las mujeres que lleguen a ser víctimas de alguno de los tipos de violencia, descritos en la misma ley.

Estas medidas son fundamentalmente precautorias y cautelares, y deben otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes, en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas, evitando en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.